Ejercicio de Ortografía Nº 05

  
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CAPÍTULO II.
DERECHOS Y LIBERTADES.

Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ey, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raa, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

SECCIÓN I. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS.

Artículo 15.
Todos tienen derecho a la ida y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos iumanos o degradantes. Queda aolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra.

Artículo 16.
1. Se garantia la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público proteido por la Ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su deología, religión o creencias.
3. Ninguna confeión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la glesia atólica y las demás confesiones.

Artículo 17.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la oservancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley.
2. La detención preventia no podrá durar más del tiempo estritamente necesario para la realización de las aeriguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máimo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
3. Toda persona detenida dee ser informada de forma iediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de aogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la Ley establezca.
4. La Ley regulará un procedimiento de haeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por la Ley se determinará el plazo máximo de duración de la priión provisional.