Ejercicio de Ortografía Nº 07

  
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe escribir en los huecos las letras o los signos de puntuación (coma, punto y coma, punto o dos puntos) que faltan en el siguiente texto de la Constitución Española de 1978.
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SECCIÓN I. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS.

Artículo 23.
1. Los iudadanos tienen el derecho a participar en los auntos públicos directamente o por medio de representantes, liremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio niversal.
2. Asimismo, tienen derecho a aceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requiitos que señalen las Leyes.

Artículo 24.
1. Todas las personas tiene derecho a otener la tutela efetiva de los juees y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses letimos, sin que, en ningún caso, pueda producire indefensión.
2. Asimismo, todos tienen derecho al uez ordinario predeterminado por la Ley, a la defena y a la aistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaiones indeidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra s mismos, a no confearse culpables y a la presunción de inocenca.
La Ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre echos presuntamente delictivos.

Artículo 25.
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omiiones que en el momento de producirse no constituan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
2. Las penas priativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán conistir en trabajos forzados. El condenado a pena de priión que estuiere cumpliendo la misma goará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a exceción de los que se vean epresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley peniteniaria. En todo caso tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los eneficios correspondientes de la Seguridad ocial, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La ministración civil no podrá imponer sanciones que, directa o susidiariamente, impliquen privación de libertad.

Artículo 26.
Se prohben los Tribunales de onor en el mbito de la Administración Civil y de las organizaciones profesionales.